Desde la creación del internet, google, los primeros móviles, ordenadores, televisiones… desde que empezó la conocida revolución tecnológica hasta el día de hoy, la evolución de la tecnología es un reflejo del ingenio humano y su capacidad para transformar el entorno, mejorar la calidad de vida y enfrentar desafíos globales.
Hemos avanzado juntos a esta nueva forma de vida, ha cambiado nuestra manera de relacionarnos entre nosotros, la forma de estudiar, buscar trabajo, de hacer música y escucharla, cosas tan simples como ver una película o una serie son completamente diferentes.
Por ello también nuestra forma de entretenimiento sigue avanzado junto a esta nueva era, dando pie a la creación de nuevas profesiones como los creadores de contenidos también conocidos como “influencers”. Haciendo videos en youtube, contenido en instagram, tiktok, X (antes twitter), directos en twitch, facebook… han conseguido llegar a lo más alto con miles y millones de visualizaciones y seguidores, contratos de publicidad con grandes marcas, patrocinadores, eventos…
El mundo avanza y con ello las leyes, el pasado 30 de abril por primera vez en España el consejo de ministros precedido por Pedro Sanchez, aprobó la nueva ley general de comunicación audiovisual que busca regular estos perfiles y el contenido que se encuentra en ellos.
Esta ley afectará a los creadores de contenido que cumplan estas tres condiciones:
- Ingresos superiores a 300.000€ al año (siempre que sea por su actividad audiovisual)
-Un millón de seguidores en una sola red social o plataforma, dos millones en plataformas combinadas
- Haber publicado 24 o mas videos en el año natural anterior
Los creadores de contenidos que cumplan estos criterios tendrán dos meses para inscribirse en el registro estatal de prestadores audiovisuales, a partir de este momento deberán cumplir con la normativa en materia de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual.
En el ámbito audiovisual deberán identificar los espacios publicitarios, además no podrán publicitar alcohol, medicamentos ni tabaco o lanzar anuncios que puedan generar un daño o perjuicio ya sea físico o mental, estas normas están dentro de los “límites a la libertad de recepción de servicios prestados desde la Unión Europea” contemplados en esa Ley General de Comunicación Audiovisual de julio de 2022.
Respecto a la normativa de protección de menores deberán de especificar para qué edad va dirigido el contenido que los usuarios van a consumir “deberán etiquetar los contenidos que lanzan en las redes según la edad de los usuarios a quienes van dirigidos, mientras se van implantando herramientas de identificación digital de edad para evitar que los menores accedan a contenido inapropiado”
Comentarios