Todo lo que debes saber sobre la nueva Ley Startup

|

El Congreso de los Diputados aprobó el 3 de noviembre de 2022 la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes, más conocida como Ley de Startups.


Esta nueva Ley está tiene como objetivo aportar una mayor cobertura legal y respaldo económico a las empresas emergentes que tienen base tecnológica. Con esto se busca que en menos de tres años se vea aumentado en un 20% la inversión en empresas emergentes en España.


ElDigitalMedia diario noticias actualidad ley startup crecimiento empresaria talento oportunidades


Objetivos de la Ley de Startups 2022


La nueva normativa busca la consecución de, concretamente, cinco objetivos:


1. Fija las condiciones que deben cumplir las empresas emergentes para ser consideradas como tal, y así poder acogerse a los beneficios que esta normativa aporta.


2. Simplifica los trámites administrativos para favorecer el emprendimiento.


3. Incentiva la contratación de personal con alta cualificación.


4. Fomenta la inversión nacional y extranjera de este tipo de empresas mediante nuevos beneficios fiscales.


5. Adapta el marco administrativo, fiscal, civil y mercantil que se aplican a las especificidades de las empresas emergentes para apoyarlas en sus primeros años de vida y diferenciarlas de los modelos de negocio convencionales.


¿Qué son las Startups?


La nueva Ley considera las Sturtups como las empresas de nueva creación. En el caso de no serlo, no pueden haber transcurrido más de cinco años desde que la empresa fue inscrita en el Registro Mercantil o Registro de Cooperativas. Para las empresas de biotecnología, energía e industriales, el periodo máximo que no debe transcurrir es de siete años.


Para ser considerada como una empresa emergente, debe cumplir una serie de requisitos:


1. Independencia: No pueden provenir de una fusión, de escisión o de transformación, así como la concentración y segregación, de empresas que no han sido consideradas como emergentes.


2. Nacionalidad: Debe tener la sede social, el domicilio social, o el establecimiento permanente en España.


3. Regularidad en la contratación: Un porcentaje de la plantilla, el 60 % concretamente, debe tener un contrato laboral regulado en España.


4. Innovación: Deben desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio estable.


5. No distribución: En caso de cooperativas, es necesario no haber distribuido retornos, o dividendos en los demás casos.


6. Distinción en cotización: No puede cotizar en un mercado regulado.


Tanto la empresa como los inversores tendrán que dejar de acogerse a los beneficios que esta Ley aporta, si concurren alguno de estos supuestos:


-  Deje de cumplir alguno de los requisitos anteriores.

-  Pase el periodo de cinco o siete años respectivamente desde la creación.

-  Se extinga la empresa antes de ese término.

-  La adquiera una empresa que no sea emergente.

-  El volumen de negocio anual de la empresa supere diez millones de euros.

-  La actividad que se lleva a cabo produzca un daño significativo al medio ambiente.

-  Si son socios de un 5% o más del capital social.

-  Si son administradores condenados por sentencia firme.


Para poder obtener la etiqueta de EMPRESA EMERGENTE y así obtener los beneficios recogidos en la nueva Ley, no solo tiene que cumplir los requisitos marcados si no que, además, deben pasar un filtro por la Empresa Nacional de Innovación (Enisa). Esta última empresa pretende otorgar la declaración de carácter innovador a la empresa, centralizando las gestiones del proyecto emprendedor, funcionando para ellas como una ventanilla única para llevar a cabo su tramitación.


Medidas para la consecucción de los fines


Uno de los objetivos más importantes de las Sturtups es agilizar los trámites. Para ello, son diferentes las medidas empleadas. Entre ellas:


1. Gratuidad: las gestiones con notarios y registradores, así como su publicación en el Registro Mercantil, serán gratuitas si la empresa se constituye telemáticamente.


2. Documento único: para facilitar la constitución telemática se utilizará un documento único electrónico. Además, para la inscripción en el Registro Mercantil tardará seis horas si se utilizan los estatutos tipo, y en cinco días hábiles para el resto de los casos.


3. No obligatoriedad de NIE: para los españoles que quieran intervenir en empresas emergentes. Es necesario contar solo con un NIF.


4. Reducción de capital: el capital social necesario para constituir la empresa se verá reducido a un euro.


Otro de los objetivos más llamativos de la Ley, es la atracción de talento. Es decir, para que trabajadores nacionales o no, se desplacen a España o trabajen para empresas españolas desde otro lugar, podrán tributar por el IRPF de los no residentes. Los nacionales, por su parte, no tienen que demostrar que llevan más de diez años en el exterior, les bastará con cinco.


Para atraer y retener este tipo de talentos, captar inversores y facilitar la constitución de hubs digitales, la Ley incorpora una fiscalidad específica, entre la que podemos encontrar.


-  Reducción del Impuesto de Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes de un 25% que era inicialmente, a un 15% que se ha establecido mediante esta nueva normativa, siempre en los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva.


-  El importe que queda exento de tributación de las “stock options” -opciones sobre acciones-, aumenta de 12.000 euros anuales a 50.000.


-  La base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación se amplía. Los primeros 100.000 euros de inversión estarán libres de impuestos para el empleados o sus financiadores.


-  Durante los tres primeros años se exime a la sturtup de la causa de disolución por pérdidas relacionadas o que generen un desequilibrio patrimonial.


Comentarios